NOTICIAS: La Corte definirá si las horas extras se computan en las indemnizaciones


3-10-2010 - Se trata del reclamo de un ex empleado público que al solicitar su retiro voluntario como marino mercante pidió que en la indemnización se incluyeran las horas extras que hacía regularmente.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá resolver si las horas extras laborales deben ser computadas o no para pagar una indemnización.

Se trata del reclamo de un ex empleado público que al momento de solicitar su retiro voluntario como marino mercante pidió que en la indemnización se incluya el proporcional por las horas extras que hacía de manera regular.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a su reclamo pero la Procuración General de la Nación emitió un reciente dictamen en el que propuso revocar el fallo porque las horas extras no cumplían con algunos requisitos para incluirlas en la indemnización, informaron hoy a DyN fuentes judiciales. El empleado, que trabajaba como personal marítimo para el ex Ministerio de Infraestructura y Vivienda -hoy Planificación Federal- señaló en su demanda que realizaba cerca de 200 horas extras mensuales, que eran liquidadas en sus recibos de sueldo, por lo que cumplían con el requisito de normalidad y habitualidad que establece la ley para que formen parte de su indemnización.

En primera instancia su reclamo fue rechazado, pero la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal aceptó su demanda y sostuvo que "el agente había percibido una remuneración por las horas extras trabajadas durante períodos de tiempo prolongados y consecutivos, que exponían su regularidad y habitualidad y que hacían a la normalidad de la percepción de tales pagas".

El Estado nacional apeló la resolución a la Corte Suprema y alegó que las horas extras no forman parte del salario porque son variables y porque su pago es una prerrogativa de la administración, quien tiene la decisión de darlas o no. El máximo tribunal giró la causa a la Procuración General para que emita su opinión antes de resolver.

La procuradora Laura Monti señaló que el decreto 1757/90 establece que las horas extras forman parte de la indemnización si poseen el carácter de normalidad, habitualidad, regularidad y permanencia, lo que consideró que no se da en este caso.

Monti consideró que de los recibos de sueldo del empleado se desprende que las horas extras que trabajó "lejos de ser siempre las mismas, frecuentemente diferían de un mes a otro y, por ende, no cumplían con las condiciones de regularidad y permanencia".

Además, afirmó que "no existía un derecho adquirido del trabajador a realizar esas tareas extraordinarias" porque el otorgamiento de horas extras "dependía de necesidades y requerimientos de por sí variables y cambiantes".

La Procuración propuso desestimar la denuncia del trabajador y con su dictamen la Corte Suprema ya está en condiciones de resolver la causa.

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